Hola soy esther y tengo una duda: contabilicé en su día una fianza de un alquiler de un furgón por avería en el nuestro de reparto, después contabilicé el ingreso de la cia. De seguros que nos pagó el siniestro, pero con la cantidad que tengo en la cuenta de fianzas que tengo que hacer, ¿no se considera también un gasto? Gracias.
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Respuesta de fobos1
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fobos1, Experto informatico, conocimientos en contabilidad y facturacion
En primer lugar no dices si la fianza esta constituida a corto o largo plazo, tampoco dices si la fianza va a ser devuelta o por el contrario el proveedor del furgón se queda con ella por los perjuicios de la avería. La cantidad que tienes en la cuenta fianzas constituidas a corto/largo plazo cuentas 565/260 solo pasaría a ser un gasto extraordinario en el caso de no ser devuelta por el proveedor cuenta 678 Gastos extraordinarios. Te pongo un ejemplo. Constituimos una fianza con el proveedor de vehículos de alquile por 300 euros que nos sera devuelta cuando entreguemos el vehículo. Cuenta/debe 260 Fianzas a largo plazo----300 Cuenta/haber 572 Bancos e instituciones de crédito----300 Cuando resta un año para que nos devuelvan la fianza pasamos la misma a una cuenta equivalente a corto plazo. Cuenta/debe 565 Fianzas constituidas a corto plazo-----300 Cuenta/haber 260 Fianzas constituidas a largo plazo-----300 En este ultimo año como hemos ocasionado unos perjuicios al proveedor este se queda con la fianza. Cuenta/debe 678 Gastos extraordinarios----300 Cuenta/haber 565 Fianzas constituidas a corto plazo----300