Donación de inmueble. Incremento patrimonial

Mi padre está pendiente de vender una propiedad en la comunidad de madrid. Con el dinero, tiene previsto:
1 dármelo para comprar una vivienda y dejare en usufructo.
2 comprarlo él y donarmela.
Creo que por temas fiscales, está obligado a comprar antes de que pasen 2 años de su venta o tendrá que pagar a hacienda. Y por eso creo que lo mejor es la segunda opción.
¿Qué opinan?
Bueno una vez comprada la nueva vivienda, tengo una duda. Como me afecta en IRPF cuando haga la declaración, el tener un inmueble de 200.000 € por donación.
Al ser un incremento patrimonial, ¿tendré qué pagar algo?
Me subirá la cantidad anual a pagar, o no afecta en absoluto.?

Ya tengo una vivienda con mi mujer.

En que le beneficia a el, ¿el no tener inmuebles a su nombre?
¿Supongo qué si pide algún tipo de ayudas sociales nada mas no?

1 respuesta

Respuesta
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¿Qué edad tiene tu padre?

60 jubilado y con 33% discapacidad

Posiblemente sea mejor esperar 5 años y puede que entonces una donación te sea mas rentable ya que tu padre no tendría que declararla a efectos del IRPF y tu tendrías que pagar donaciones y plusvalía pero la donación con ciertos contratos puede ser una pequeña cantidad

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