Venta de piso

Mi hermano y yo heredamos un piso a la muerte de mis padres. El piso lo compraron en 1969. Mi padre falleció en 1997 y mi madre en 2004, lo vendimos a los diez meses de la muerte de mi madre. ¿Cómo debemos tributar por dicho piso?
Respuesta
1
Si ya pagasteis los correspondiente impuestos a la hora de vender el piso no tenéis que declarar nada más. Si el dinero que obtuvisteis lo tenéis en el banco, sólo declaras los intereses que te hayan generado.
Perdona, se me olvido comentarte que tendréis que pagar por el incremento patrimonial que supone la venta de la casa. Los porcentajes varían en función de la comunidad autónoma.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas