Modelo 347

Hola:
Tengo una duda respecto al modelo 347 (declaración anual operaciones con terceros):
Tengo un proveedor al cual durante un ejercicio le hemos hecho una parte de facturas con retención (declaradas en el modelo 190), y otras facturas sin retención.
La pregunta es:
¿Qué declaro en el modelo 347?
¿El total? ¿Solo la parte que no se ha hecho retención?.
Respuesta
1
En principio, debes saber que si las operaciones son de años pasados, la declaración tendría que haberse presentado en marzo de este año.
Ahora bien, fuera de esto, si ese profesional ha entregado facturas con y sin retención, en el modelo 190 hay que incluir solo las que tienen retención, pero en el 347 habrá que incluir todas las facturas.

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