Hipoteca

Hola buenos días:
Este año 06 he adquirido una segunda vivienda (¿su valor en escrituras es de 6000?). Necesita una reforma total para lo cual, ¿tengo pensado hacer una subrogación de hipoteca y aumentar el capital en unos 60.000?. Mi duda es si a nivel fiscal es esta la opción que más me interesa (si no lo es: ¿Cómo puedo enfocarlo?)Y cómo afectará esta situación a mi declaración de la renta el año que viene.
Muchas gracias por su atención.

1 respuesta

Respuesta
1
El hecho de que compres otra vivienda no tiene apensas repercusión negativa para ti. Sí es cierto que el tener viviendas sin habitar lleva un pequeño cargo en el IRPF, pero su cuantía es muy pequeña: nada que te deba preocupar.
Sin embargo sí me gustaría poner el acento en el hecho de que todas las reformas que hagas del piso puedan ser demostradas por su cuantía real en momento posterior. Digo esto porque en el momento de una hipotética venta futura, todas estas reformas que hagas formarán parte del precio de adquisición en la medida que puedan ser demostradas de modo contundente. Y esto es verdaderamente importante -cuando la vendas- para pagar menos impuestos. Por tanto, hazte de todas las facturas que acrediten esas importantes reformas, ya que serán importantes para el futuro.
Entiendo... me habían metido el miedo en el cuerpo con el tema del aumento del capital y que luego me iban a freír en hacienda...
La cuestión es que me haré promotor, o sea, que supongo que con el estudio básico de obra y el presupuesto firmado por el constructor, no habrá problema, ¿no?.
Por otra parte, mi intención es alquilar el inmueble, y tampoco sé qué ventajas o desventajas puede tener: si eres tan amable...
Gracias otra vez
Un presupuesto es eso: un presupuesto, y no prueba nada. Se trata de adjuntar facturas. En el caso de que tú como empresario acometas un "trabajo para tu propio inmovilizado", entonces se entendería que podrías demostrar la realización de esas mejoras sólo a través de tus costes.
La decisión acerca de alguilar o vender queda al arbitrio de cada uno. En mi opinión y dada la evolución del sector inmobiliario lo más sensato es vender.
Y para acometer a nivel fiscal esa venta del mejor modo posible, creo que en tu caso es que no operes como promotor, ya que en este caso el beneficio que obtuvieras quedaría grabado a tipo general en IRPF, en tanto que operando a nivel particular pagarías el 15%, toda vez que el inmueble lo vendas después de un año de que lo poseas.
Si no tienes más que preguntar al respecto, da por finalizada la pregunta y puntúala según tu parecer.
Hola¡
Te envié una aclaración, aunque veo que no ha debido llegarte. En cualquier caso muchas gracias por tus respuestas.
Un saludo desde barcelona.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas