Desgravación vivienda habitual

Buenas,
Actualmente soy propietario de una vivienda (este año he invertido unos 6000 euros aprox.) y a finales de año efectuaré la formalización de la compra de otra con el objetivo de que sea mi vivienda habitual, y el año que viene vender la primera.
La pregunta es sencilla: de cara a la Renta 2005 ¿qué cantidad y porque podría deducirme como inversión en vivienda habitual? Solamente lo aportado en la primera vivienda (6000 euros) o también lo que aporte en la compra de la que será mi futura vivienda habitual (que rondará los 30000 euros en gastos)

1 respuesta

Respuesta
1
La cantidad a reinvertir es el total del importe recibido, si además tienes una hipoteca de la anterior vivienda, la cantidad a reinvertir será el importe integro recibido menos la cantidad destinada a la cancelación de la hipoteca anterior.
Antes de nada, gracias por contestar tan rápido. Por lo que me comentas me queda clara la pregunta, y es que para la renta del año que viene solo me deduciré lo invertido en la vivienda que voy a vender.
En el resto de temas que me cuentas, y dado que me interesan especialmente en este momento, te pediría una aclaración:
Cuando me comentas:
- Cuando se vende la vivienda habitual, para que la ganancia patrimonial que se obtiene con la venta esté exenta de tributación por reinversión en vivienda habitual, hay que reinvertir el importe obtenido
¿Con dicho importe te refieres al valor completo de la venta o solo a la plusvalía generada? Es un dato importante para mi, ya que aunque es probable que venda por 50,(obteniendo una plusvalía de 30) por ejemplo, solo voy a reinvertir 40 en la nueva casa, y es importante saber si tengo que declarar esos 10 de diferencia . No se si me he explicado del todo bien.
De nuevo gracias
Si has estado deduciéndote importes por inversión en vivienda habitual actual hay que tener en cuenta varias salvedades.
- Para tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual, tienes que estar viviendo en ella como mínimo durante TRES años consecutivos, de no ser así tendrías que devolver las cantidades deducidas en anteriores declaraciones de la RENTA. De todas formas, en ocasiones cuando se vende la primera vivienda y se compra otra con la intención de hacerla vivienda habitual, Hacienda no suele meterse, (aunque últimamente está investigando todo lo que tenga algo que ver con las viviendas habituales).
- Cuando se vende la vivienda habitual, para que la ganancia patrimonial que se obtiene con la venta esté exenta de tributación por reinversión en vivienda habitual, hay que reinvertir el importe obtenido en un plazo de dos años posteriores a la venta de la primera, aunque también se puede deducir si la primera vivienda se vende dentro de los dos años posteriores a la compra de la segunda.
- Además, sólo puedes empezar a deducirte de la segunda vivienda, cuando el importe invertido en ésta supere a las cantidades deducidas anteriormente en la primera vivienda.
Dicho todo esto si me dices cuanto hace que compraste la primera vivienda, y el capital invertido en ella desde la adquisición (IVA, impuestos, notario, registro hipoteca, incluidos) te podré hacer una estimación más concreta sobre que es lo que debes hacer. Espero esos datos, este tipo de preguntas me gustan, ya que soy especialista en esta materia.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas