Estimación objetiva e iva

Hola, estoy de autónomo en régimen de estimación objetiva. Puedo deducir el iva de los gastos como gasoil, comidas, herramientas,¿etc.?
Un saludo.

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No mencionas el tipo de actividad que realizas y es importante para ciertos matices. No obstante, en principio son deducibles todos los gastos necesarios para el ejercicio de la actividad, y por tanto el iva que llevan aparejado. El tema de las comidas es el más delicado, ya que en Módulos te pueden admitir las comidas que puedas demostrar que son realizadas en los lugares a donde has tenido que ir a hacer los portes o los trabajos encargados. Pero si trabajas por la ciudad y no vas a comer a casa porque te resulta más cómodo o porque te gusta más, tendrás problemas para que nte las admitan. El gasóleo debe especificar el vehículo que se utiliza, el cual tiene que estar afecto a al actividad, nunca un turismo particular.

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