¿Alquilar a particular o empresa?

Me gustaría saber si hay diferencias fiscales a la hora de alquilar mi piso a un particular o a una empresa, ya que me han dicho que puedo desgravarme los intereses de la cuota de la hipoteca. ¿Es eso cierto? Gracias.
Respuesta
1
Tanto sea un particular como una empresa, podrás deducir de los rendimientos obtenidos la cuota de la hipoteca (intereses + capital).
Si es una empresa, además:
- Tendrás que aplicarle el IVA, menos el 18 % de retención IRPF, en cada recibo. Y el IVA liquidarlo a Hacienda cada trimestre. Además te tendrás que dar de alta en Hacienda.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas