Depósito a plazo

Hola, tengo un depósito a plazo de los llamados hasta hace poco "fiscales" porque permitían una exención de tributación del 40% de los intereses generados en un plazo superior a 2 años. El depósito se contrató con anterioridad al 1 de enero de 2007, y he oído que para los contratados antes de esa fecha se mantenía la exención de la tributación, no así para todos los contratados con posterioridad a ella, que tributaban por el 100% de los intereses al 18% aunque fueran a más de dos años de plazo.
Gracias por la respuesta. Un saludo

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En relación a los rendimientos que indicas, se establece una compensación fiscal para rendimientos procedan de productos contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006 (fecha en que se hico pública a neuva legislación).
Espero haber aclarado tu duda y agradecería que valorases la respuesta.
El problema es que creo que la compensación prevista en la ley del IRPF es para los rendimientos obtenidos por depósitos contratados antes del 20 de junio de 2006 durante el ejercicio 2007. Pero ¿qué pasa si esos rendimientos se obtuvieran en ejercicios posteriores, por ejemplo en 2010? Gracias otra vez por la respuesta.
La compensación se establece en la Ley de Presupuestos para el 2008 y por eso hace referencia a los rendimientos obtenidos en el 2007. En principio, está previsto que se siga manteniendo esta compensación en los ejercicios siguientes, regulándose a través de la correspondiente Ley de Presupuestos, tal y como se ha hace con otras compensaciones por diferentes conceptos.

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