Modelo 202 (pago a cta. Imp. Soc.)

Hola a todos y gracias de antemano.
Se debe presentar el mod. 202, el ejercicio en que se consituye una sociedad. O solo cuando en el ejerció anterior haya dado beneficios. Cual es el % ha aplicar en el 2P del 2008.
Un saludo, Javier.

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El modelo 202 unicamente debes presentarlo si has tenido beneficios en el ultimo impuesto de sociedades presentado a no ser que cuando presentaras la declaración censal optaras por hacerlo en función del rendimiento de cada uno de los periodos (si no lo marcaste expresamente no rige).
Vamos a suponer que no optaras por esa opción y para que no te lies coge la casilla 599 del ultimo impuesto de sociedades y paga el 18% de esa casilla y con eso ya tienes el pago hecho.

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