Retribución administradores-socios
Somos dos socios-administradores de una SLNE. Queremos tener una retribución por prestación de servicios (no como trabajo de administradores, sino como prestación de servicios por relación laboral de carácter especial). Según he podido saber, a este tipo de retribución se le aplica lo previsto de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La duda que tengo es que la empresa lleva 6 meses funcionando y ambos hemos ido pagando la cuota de autónoma. Ahora queremos que la empresa nos la pague, como cuota en especie.
¿Podemos ahora hacer que la empresa nos pague las cuotas atrasadas, poniéndolas también como cuota en especie? ¿O podemos hacer que nos las pague de otra manera.
Otra duda seria si con este tipo de retribución, en la declaración trimestal próxima podemos incluir los pagos que al empresa no nos ha hecho en los dos trimestres anteriores.
La duda que tengo es que la empresa lleva 6 meses funcionando y ambos hemos ido pagando la cuota de autónoma. Ahora queremos que la empresa nos la pague, como cuota en especie.
¿Podemos ahora hacer que la empresa nos pague las cuotas atrasadas, poniéndolas también como cuota en especie? ¿O podemos hacer que nos las pague de otra manera.
Otra duda seria si con este tipo de retribución, en la declaración trimestal próxima podemos incluir los pagos que al empresa no nos ha hecho en los dos trimestres anteriores.
Respuesta de dorondon
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