¿Persona física o jurídica?
Mi marido y yo estamos pensando en adquirir una casa antigua en la provincia de Cantabria con la intención de rehabilitarla tranquilamente, y poder en el futuro convertirla en casa de turismo rural en régimen de alojamiento compartido. Nuestro deseo sería trabajar los dos en el negocio.
Actualmente los dos vivimos y trabajamos en Madrid por cuenta ajena y tenemos una casa que ahora mismo, dada la situación inmobiliaria, ni nos planteamos sacar a la venta. La idea es comprar ahora la casa de Cantabria ya que el precio es bueno, y dentro de 3-4 años vender la de Madrid cuando se recupere el mercado y trasladarnos a Cantabria para emprender el grueso de la rehabilitación in situ.
Si la casa de Madrid se vende por un precio razonable, obtendríamos una plusvalía de unos 120.000 euros. Como este dinero no alcanzaría para rehabilitar totalmente la otra vivienda, necesitaríamos, llegado el momento, pedir una HIPOTECA como autopromotor (creo que se llama así) de aproximadamente 100.000 euros.
Se me plantean muchas dudas. La primera es, si nos conviene crear una S.L. U otro tipo de sociedad. Si es así, me pregunto si la compra de la casa y los trabajos de rehabilitación se deben hacer a nombre de dicha sociedad, o si esa sociedad tendríamos que constituirla cuando se inicie la actividad del negocio.
Si es así, ¿Una sociedad puede pedir un crédito hipotecario igual que lo hace un particular?
¿Qué nos recomiendas? Nos gustaría dar todos los pasos correctamente desde el principio para luego no tirarnos de los pelos.
Si se te ocurre alguna otra recomendación.
Actualmente los dos vivimos y trabajamos en Madrid por cuenta ajena y tenemos una casa que ahora mismo, dada la situación inmobiliaria, ni nos planteamos sacar a la venta. La idea es comprar ahora la casa de Cantabria ya que el precio es bueno, y dentro de 3-4 años vender la de Madrid cuando se recupere el mercado y trasladarnos a Cantabria para emprender el grueso de la rehabilitación in situ.
Si la casa de Madrid se vende por un precio razonable, obtendríamos una plusvalía de unos 120.000 euros. Como este dinero no alcanzaría para rehabilitar totalmente la otra vivienda, necesitaríamos, llegado el momento, pedir una HIPOTECA como autopromotor (creo que se llama así) de aproximadamente 100.000 euros.
Se me plantean muchas dudas. La primera es, si nos conviene crear una S.L. U otro tipo de sociedad. Si es así, me pregunto si la compra de la casa y los trabajos de rehabilitación se deben hacer a nombre de dicha sociedad, o si esa sociedad tendríamos que constituirla cuando se inicie la actividad del negocio.
Si es así, ¿Una sociedad puede pedir un crédito hipotecario igual que lo hace un particular?
¿Qué nos recomiendas? Nos gustaría dar todos los pasos correctamente desde el principio para luego no tirarnos de los pelos.
Si se te ocurre alguna otra recomendación.
Respuesta de dorondon
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