Ayuda por favor duda irpf
Me he prejubilado a los 63 años parcialmente con un contrato de relevo. Era dependiente de comercio y en mi finiquito me han pagado un premio de permanencia por los años trabajados que figuraba en nuestro convenio colectivo del textil. Me han pagado el 85% ahora y el 15% cuando me jubile definitivamente a los 65.
Mi pregunta es: ¿Este premio a la permanencia de mi convenio está exento de tributar en el irpf? Si no está exento como creo ¿puedo aplicarme una reducción en el impuesto del 40% según el artículo 11 de la ley del irpf?
Mi pregunta es: ¿Este premio a la permanencia de mi convenio está exento de tributar en el irpf? Si no está exento como creo ¿puedo aplicarme una reducción en el impuesto del 40% según el artículo 11 de la ley del irpf?
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Respuesta de Juan José Adanero García
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