Contrato de permuta de un solar a cambio de casas
Buenos días hace seis meses se celebró un contrato de permuta de un solar a cambio de casas.
Tengo entendido que en esta clase de contratos al promotor le corresponde pagar el ITPYJD y al dueño del solar el IVA, a no ser que se especifique en el contrato que dicho IVA se le repercuta al promotor. En el contrato celebrado se especificó que las casas se entregarían libre de cargas y gravámenes, ¿con esta cláusula bastaría para que el promotor pagara dicho IVA o tendría que haber especificado más?
Por otra parte si me correspondiera pagarlo a mí ¿cómo se haría? Porque según tengo entendido el IVA se tendría que liquidar en los 30 días siguientes al contrato de celebración de permuta.
Muchas gracias de antemano
Un saludo
Tengo entendido que en esta clase de contratos al promotor le corresponde pagar el ITPYJD y al dueño del solar el IVA, a no ser que se especifique en el contrato que dicho IVA se le repercuta al promotor. En el contrato celebrado se especificó que las casas se entregarían libre de cargas y gravámenes, ¿con esta cláusula bastaría para que el promotor pagara dicho IVA o tendría que haber especificado más?
Por otra parte si me correspondiera pagarlo a mí ¿cómo se haría? Porque según tengo entendido el IVA se tendría que liquidar en los 30 días siguientes al contrato de celebración de permuta.
Muchas gracias de antemano
Un saludo
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Respuesta de joseamoros
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