Declaración 347

¿Dí de alta una constructora en Diciembre de 2008 y emití en ese año una factura de 20.000?, aunque no la he cobrado hasta el 2009. A la hora de liquidar el IVA no la declaré por no cobrarla. La duda que tengo es que si por esta misma circunstancia no debí incluir en el 347 o el hecho de cobrarla o no no influye en el 347.
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Respuesta
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De primeras debería haberla declarado en IVA aunque no la haya cobrado. Las facturas se declaran cuando se emiten no cuando se cobran. Por lo tanto, debería de haberla declarado también en el 347. ¿La otra empresa la declaró en 2008? Ahí la cuestión porque si la declaró en IVA y, luego, en 347 y usted no...
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Esas mismas interrogaciones me surgieron a mí, ya que deberías saber como experto que eres que las certificaciones de obra no se declaran hasta que no se produzca el cobro de las mismas.

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