Devolución de deducciones por vivienda habitual

Te comento nuestro caso: a mediados de 2007, mi pareja y yo nos metimos en una cooperativas para adquirir una vivienda que iba a estar construida a mediados de 2009. Durante 2007 dimos una serie de cantidades a cuenta de la construcción de la vivienda y en concepto de "aportaciones voluntarias" al capital de la cooperativa. En febrero de 2008 firmamos el contrato de adjucicación de la vivienda con la cooperativa y seguimos aportando dinero a cuenta de la vivienda y en concepto de aportaciones. En la declaración de la renta del 2007 y en la del 2008 nos hemos desgravado por inversión en vivienda habitual.
Resulta que ya hace unos meses tanto mi pareja como yo nos quedamos en paro, actualmente yo tengo un contrato parcial y él sigue en paro y claro la vivienda ya está construida y ha llegado el momento de hablar con el banco para el tema de la hipoteca. Por supuesto no tenemos ninguna posibilidad de que nos la concedan y ya hemos tomado la decisión de renunciar a la compra del piso. Mi pregunta es sobre las deducciones de que hemos disfrutado en las dos últimas declaraciones, ¿deberíamos devolverlas o esperar a que Hacienda nos las reclame? Si esperamos a que Hacienda nos las reclame, ¿podrían multarnos por no haberlo declarado antes nosotros? En caso de que debamos devolverlas sin esperar a que Hacienda nos las reclame, ¿cuándo deberíamos hacerlo?,¿En la declaración de 2009 que es cuando renunciamos a la compra o en la declaración del año en nos devuelva el dinero la cooperativa? Y una última cuestión, ¿habría alguna manera de no tener que devolver las deducciones? Por ejemplo mediante la compra de otra vivienda y de ser así, ¿habría algún plazo límite para hacerlo?

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Al renunciar a la adquisición y proceder a la recuperación del dinero entregado, pierdes el derecho a cuantas deducciones hubieras practicado en relación con dicha vivienda ya que finalmente no se han destinado a la adquisición de la misma.
Cuanto antes regularices tu situación menos intereses tendrás que pagar, si esperas a que Hacienda te lo reclame y al final lo hace tendrás sanción.
En principio no hay forma de no tener que devoler las deducciones, pues para que la vivienda constituya la residencia habitual del contribuyente debe ser habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente.
Si comprases otra vivienda podrías empezar de nuevo con las deducciones de esta nueva vivienda.

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