Actuación AEAT

Hola, si una persona obtiene rendimientos del capital mobiliario y de su actividad professional, pero, aún teniendo la obligación, no ha presentado la declaración de l'IRPF y además esta persona no lleva contabilidad ni ha contestado a los requerimientos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Mi pregunta es: ¿Qué puede hacer la AEAT? Y ¿En el caso de que no hubiera presentado la declaración pero si cumple con el requerimiento i aporta la documentación que se le pide, la AEAT puede actuar de la misma forma que en el caso anterior?
Respuesta
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En primer lugar, puede sancionar por obstrucción, con fuertes importes de multas, y liquidar igualmente en base a módulos o índices juntos con sanciones que pueden alcanzar hasta el 150% de los impuesto dejados de ingresar.
En cambio, si colabora debidamente, la multa será menor

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