Hacienda

Hola buenos días, mi consulta es la siguiente.Mi marido lleva bastantes años sin hacer la declaración de renta.El tiene miedo a que deba declarar una indemnización que recibió en el año 2005 por la muerte de su madre en accidente de tráfico, por este motivo dice que no quiere hacerla hasta que haya pasado 5 años.Mi pregunta es la siguiente, ¿está obligado a declarar este dinero? ¿Creo qué fueron unos 10.000 ó 12000 euros los que recibió.De ser así que sanción podrían ponerle? Decirle también que el gana al año unos 26.000 euros y por lo tanto no sé si está obligado a hacer la declaración o no.Espero haberme explicado bien. Muchas gracias por su respuesta.Un saludo

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Las indemnizaciones que se perciban por daños personales casos están exentas:
- las que sean consecuencia de responsabilidad civil. La exención alcanza hasta la cuantía legal o judicialmente reconocida;
- Las que deriven de contratos de seguros de accidentes, salvo unas excepcciones.
Así que la única sanción que pueden ponerle es por la no presentación de la declaración si estaba obligado a ello, y por los impuestos que debiera haber pagado por otros rendimientos no declarados.
Si gana 26.000 euros al año está obligado a hacer declaración de renta, puesto que el límite para no tener obligación son 22.000 euros.

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