Desgravación hipoteca de cantidad baja

En 2008 he comprado un piso, después de una separación el mismo año. Este piso es mi vivienda habitual desde el mismo 2008. He pagado 3/4 partes del piso al contado y 1/4 parte con una hipoteca a 10 años.
En la declaración de 2008 puedo desgravar los gastos de compra (con el límite de los 9.015 Euros).
¿En los años posteriores, podré desgravar los gastos de hipoteca? ¿Hay alguna relación entre el valor solicitado de hipoteca, respecto al precio total del piso, que limite la posibilidad de desgravación?
Gracias de antemano.

1 Respuesta

Respuesta
1
Efectivamente, en 2008 podrás desgravar tanto los gastos de compra: notaría, registro, impuestos, gestoría como las cantidades pagadas de préstamo hipotecario.
En años futuros, podrás deducir el préstamo hipotecario, tanto capital como intereses. En el caso de que el préstamo sea mayor que el valor adquisición del piso se calculará un prorrateo para ver la parte deducble.
Te pongo un ejemplo:
-Valor compra piso: ¿100.000?
-Préstamo hipotecario: ¿120.000?
-Cantidades pagadas hipoteca: 6.000
La cantidad a deducir no son 6.000, sino:
(100.000/150.000)=0,80
6000*80%=4.800
Muchas gracias por la rápida respuesta.
Entiendo la limitación que expones en el ejemplo. Mi caso es al revés, la hipoteca es de 1/4 parte del precio del piso, con lo cual entiendo que podré desgravar lo que pague de hipoteca anualmente (intereses, capital, gastos obligatorios de seguro de vida e incendios ...) siempre con los límites de 9015 Euros o los que fijen cada año.
Una vez más, gracias.
Un saludo.
Exacto. Si tienes alguna otra duda, házmelo saber. Sino puntúa la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas