Cancelar Cuenta Ahorro Vivienda

Tengo una Cuenta Ahorro Vivienda abierta en diciembre del 2003. Con lo que me he desgravado en el ejercicio del 2003, 2004, 2005 y 2006. Mi idea era comprarme una vivienda pero ahora estoy pensando en alquilar y por tanto cancelar la cuenta.
En la declaración del 2007, declaré la cuenta como una cuenta más. Mi duda es que hacer en este ejercicio del 2008. Porque evidentemente durante el 2008 la cuenta ha seguido abierta. ¿La tengo que declarar como una cuenta más? Pero ¿si la cancelo este año, que ocurre?
Gracias

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Si no destina ese dinero a la adquisicióin de vivienda y decibe cancelar la cuenta, tendrá que regularizar la situación voluntariamente, debiendo ingresar las cuotas desgrabadas durante esos años y abonando el interés de demora que corresponda.
En caso contrario, de no regularizar su situación, se enfrenta a una liquidación de la Agencia Tributaria, y una sanción que no será inferior al 50% de los impuestos dejados de abonar.
Para regularizar la situación voluntariamente, ¿cómo ingreso las cuotas desgrabadas y el interés de demora? Entonces ¿es casi mejor primero regularizar la situación y luego cancelar la ceutna, no?
Por otro lado, ¿se puede mantener la cuenta abierta hasta que por ejemplo en 5 años me compre una vivienda?
Muchas gracias
En la misma declaración tendría que reflejar dicha regularización. Por aquí me es imposible indicarcarle exactamente, debería acudir a un profesional. Quizás en la Agencia Tributaria le puedan ayudar. Otra opción es que Ud. misma pida que inicien el procedimiento inspector, y le liquiden directamente las cuotas deducidas por la cuenta vivienda junto los intereses de demora.
El plazo para invertir es de 4 años, y puede utilizar cualquier cuenta bancaria. No tiene que ser una "cuenta vivienda" como las denomina comercialmente las entidades de crédito, es cualquier cuenta que Ud. prefiera, siempre y cuando indique en la declaración el número de cuenta completo, la oficina y el banco en concreto en que está utilizando como cuenta vivienda.
Puede mantener la cuenta abierta tanto tiempo que lo desee, otra cuestión es que se cumplan los requisitos para beneficiarte de la deducción por adquisición de vivienda habitual.

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