Donación o compraventa

Buenas. Resulta que tengo una vivienda en propiedad, la cual me estoy desgravando actualmente como vivienda habitual. Resulta que mi novia se viene a vivir conmigo, y va a hacerse cargo de la mitad de la hipoteca. ¿Cómo se puede deducir lo que pagamos de hipoteca? En principio lo que habíamos pensado es que ella adquiera la mitad de la vivienda, ¿compraventa o donación? Y se incluya como coprestataria en la hipoteca que tengo. ¿De este modo se podrá desgravar en IRPF? Yo no tengo ningún inconveniente en donar o "vender" la mitad de la vivienda. Deseamos realizar la transmisión de la vivienda con el menor coste posible en cuanto a impuestos. Residimos en Valencia para vuestra información.
Respuesta
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Para que los dos os deduzcáis la hipoteca ha de estar (al igual que el bien) a nombre de los dos. Por partes.
Propiedad del bien.- Ha de estar a nombre de los dos y la forma más barata, sin ninguna duda, es la venta. Si has tenido más de tres años la casa a tu nombre, declarándola como vivienda habitual, y deduciéndote las cuotas lo único que pagarás tú será la plusvalía del ayuntamiento y el 18% de la diferencia entre precio de compra (corregido) y precio de venta. La donación sale carísima si no es un familiar.
Tu novia pagará el 7% de Transmisiones Patrimoniales (más notario y registro)
Titularidad de la Hipoteca.- Ha de estar a nombre de los dos por lo que al mismo tiempo que la compra se debe subrogar a la hipoteca. Aquí pagareis un 1% de actos jurídicos.
A tener en cuenta:
1º Aunque pague las cuotas del préstamo y sea la titular del bien, no podrá deducírselo si no es también la titular de la hipoteca.
2ºLa compra se produce a cambio de precio, te debería pagar, pero lo que hace es liberarte a ti de la mitad de la hipoteca y asumirla ella. Si el precio es mayor que lo que queda por pagar de hipoteca debería darte la diferencia en metálico. Si para pagar esa diferencia pide un préstamo hipotecario para ella también será deducible.
3ºSi vendes tu parte antes de estar continuadamente durante tres años en la vivienda deberás devolver la mitad de las deducciones hechas en tu declaración de la renta por vivienda habitual. Este se hace cuando entregues la siguiente declaración de la renta.

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