Impuesto de sucesiones sin parentesco

Me gustaría saber qué voy a tener que pagar como Impuesto de Sucesiones al heredar un piso de una persona que no es familiar mío en ningún grado. Es decir, este piso forma parte del tercio de libre disposición. El piso pertenece a la misma persona desde hace 28 años. Su valor catastral es de 8.000.000 de las antiguas pesetas, pero en la actualidad su valor alcanzaría los 180.000 euros
También querría saber si resultaría más barato hacer una donación en vida.

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Necesitaría saber la provincia
Muchas gracias por interesarse tan pronto.
La provincia es Alicante.
Saludos y sigo la espera.
---Fravi---
SIn deducciones de ningún tipo pagará 22.609,81 por los primeros 156.503,55 y del resto hasta los 180.000,00 el 21,25%.
Paga lo mismo de sucesión o de herencia, es el mismo impuesto.
La diferencia son las deducciones que tienen los familiares por herencia, pero no es su caso
Muchas gracias por todo el trabajo que se ha tomado para decirme, incluso, las cantidades exactas. Ya me he enterado de que hay diferentes baremos en cada Comunidad Autonómica, lo que complica la indagación.
Pero al decirme esto, calculado sobre el valor de mercado del piso (valor aproximado), se me ha ocurrido que no sé de qué manera se calcula este valor en el momento de pagar el Impuesto de Sucesiones. Si es que se hace una tasación oficial, o algo así...
También, comentarle que me han dicho (pero me parece demasiado bonito) que si acepto el piso en herencia y no hago ninguna venta o alquiler con él durante los cuatro años siguientes, el Impuesto de Sucesiones prescribe. ¿Sería cierto? Porque se trata del piso en el que vivo actualmente, y así querría seguir.
Le repito mi más sincero agradecimiento y quedo en espera de su aclaración.
Atentamente,
---Fravi---
El impuesto prescribe a los cuatro años y medio, no a los cuatro. Si pasa ese tiempo desde el fallecimiento o la donación hacienda no le podrá exigir nada.
Normalmente para saber el precio por el que está valorado a efectos fiscales de las sucesiones, en las páginas web de la hacienda de cada comunidad tienen un portal on line donde puede ver este valor introduciendo una serie de datos (año construcción, metros, valor catastral del suelo etc. El de la comunidad valenciana es el siguiente
http://csi.ha.gva.es:8888/kiosko/valor_bien_urbano.principal?el_idioma=CAST
o este que es el portal principal
http://portales.gva.es/c_economia/web/html/Tributos_Servicios_sin_c.htm
Aquí puede usted averiguar cual es el valor "aceptado" por hacienda
No tengo palabras para agradecer el tiempo que me ha dedicado, sin recibir nada a cambio, y la claridad de su explicaciones.
Le deseo larga vida para que pueda seguir mucho tiempo ayudando a los demás con su altruismo.
Por mi parte, quedan aclaradas mis dudas.
Gracias otra vez, y un cordial saludo,
---Fravi---

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