Vender primera para arreglar segunda vivienda

¡Buenos días!
Agradecería me informaran de qué impuestos estoy obligada a pagar si vendo mi primera vivienda para arreglar la segunda, que se construyó en los años 1960, para vivir en ella permanentemente.
El cambio se haría de Madrid a Alicante
Muchas gracias por la atención.
(xxxxxx)
Respuesta
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Si la rehabilitación se ajusta a la referida en el art. 55 del reglamento del impuesto de la renta,
"5. A los efectos previstos en el artículo 68.1.1 de la Ley del Impuesto se considerará rehabilitación de vivienda las obras en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:
Que hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas en los términos previstos en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.
Que tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25 % del precio de adquisición si se hubiese efectuado ésta durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo."

Podría acogerse a la exención por reinversión de vivienda habitual y no pagaría nada.
En caso contrario, deberá pagar el 18% del beneficio fiscal de la venta
Muchísimas gracias por tan rápida respuesta y tan clara. Es la primera vez que entro en este foro y creo que lo voy a seguir utilizando mucho.
Saludos y reciban mis felicitaciones
(xxxxxx)

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