Retenciones autónomo

Como autónomo profesional enmarcado en un epígrafe concreto, el 321, ¿qué tipo de retención hay que aplicar en las facturas emitidas a clientes y durante cuanto tiempo?
Gracias
Un saludo

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Este epígrafe de IAE se refiere al de Ingenieros, por tanto como profesional puedes aplicar el 7% excepcionalmente durante los dos primeros ejercicios si no has desarrollado la misma actividad con anterioridad, pasado este periodo tendrás que aplicar el 15% de retención en tu facturación momento en el cual puedes plantearte la creación de una sociedad mercantil, por ejemplo una SLU ( Sociedad Limitada Unipersonal). Atención esta retención del 7% solo es un anticipo te recomiendo que controles tu "balance" de la Actividad debido a que Estarás obligado a presentar tu declaración de la Renta en el año siguiente (referente a este mismo ejercicio) porqué si tienes muchos beneficios una retención del 7% no te selbará de un buen palo en la Renta.
Espero haber ayudado, si necesitas más ayuda presto servicios en Tarragona
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¿La aplicación de retenciones del 15% es para siempre, o hay un período mínimo o máximo? No existe otro tipo de retención (más baja, ¿por supuesto)?
Gracias
Si es para siempre a menos que no cambies a una sociedad Mercantil como comentaba en el apratado anterior y no hay de momento un tipo menor, de todas formas hay que tener en cuenta que lo que no se anticipe en retenciones (dejando de cobrar el 7% de facturación) probablemente se pague en el momento de hacer la declaración de la Renta y de un solo golpe (Imagina pagar el 15% de todo e beneficio de un año de golpe).
Espero haber ayudado, si necesitas más ayuda ejerzo en Tarragona
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