Alquiler para estancias cortas
Poseo un pequeño estudio amueblado en el centro histórico. El edificio está recién rehabilitado y muy bien situado y quisiera dedicarlo a alquiler para estancias cortas con el fin de minimizar los riesgos de inquilinos morosos y sacar una mejor rentabilidad.
Mis preguntas concretas son: ¿Hay qué cargar el IVA en ese tipo de alguileres? ¿Hay qué sacar una licencia fiscal para poderlo alquilar?
Gracias anticipadas
Mis preguntas concretas son: ¿Hay qué cargar el IVA en ese tipo de alguileres? ¿Hay qué sacar una licencia fiscal para poderlo alquilar?
Gracias anticipadas
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Respuesta de monegrino
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