enricm2, Licenciado en Físicas, especiliadad Electrónica e Informática y...
Escritura de compra-venta, garantías en el cobro de la transacción (normalmente, te pagarán con un talón bancario avalado por banco en el momento de la firma) y liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que te lo presentará la Consejería de Hacienda de tu comunidad al cabo de un tiempo. Para ello, lo mejor es llevar la escritura al Registro de la Propiedad y rellenar el modelo de autoliquidación sin estimar tu la cantidad, que sea la Consejería quien te liquide. Luego, asegúrate de comunciar al Ayuntamiento el cambio de propietario para que lo reflejen en el IBI y el cambio de titular en la compañía eléctrica, gas o teléfono.