Fin de actividad con deudas

Buenas, me gustaría saber cuales serían las consecuencias de finalizar la actividad de una pequeña s.l., dejando una deuda a hacienda y a la seg. Social, y sin hacer concurso de acreedores. ¿Prescribe dicha deuda en algún momento? ¿Cuándo podría comenzar con otra actividad empresarial?

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Si no presentas concurso de acreedores y no pagas las deudas, Hacienda podría acusarte como Administrador, de negligencia en tus funciones y exigirte entonces el pago a ti de las deudas. Igual podría ocurrir con la S.S.
Si es poca la cuantía, no lo harán y prescribirán a los 4 años, pero siempre estarás con el sufrimiento encima.
Es mejor presentar el concurso de acreedores, liquidar la Sociedad y entonces, por decisión judicial, la quiebra elimina las deduas y tu responsabilidad, siempre que la situación a la que has llegado haya sido fortuita y no por dolo o mala fe.

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