Compra vehículo

Muy buenas.
Soy autónomo y voy a adquirir un vehículo de 2ª mano.
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo una moto a mi nombre y quisiera saber dos cosas. ¿Podría deducir el 100% del iva?
La segunda cuestión es, si para no arriesgar tan solo me deduzco el 50% del iva y el otro 50% lo considero mayor gasto de adquisición, en qué porcentaje o plazo podría amortizar el gasto y si el importe del gasto que puedo amortizar también debería considerar solamente el 50%.
Gracias.

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Los vehículos de segunda mano no suelen llevar iva, sino tributar a través de trasmisiones patrimoniales
el 50% que usted amortizara con el vehículo, lo debe amortizar en el mismo plazo que dicho vehículo. Si este es su segundo vehículo y lo deja en el garaje de la empresa por las noches, tiene más fácil defensa un porcentaje mayor de deducción. Pero en este tema no hay un criterio seguro y practico
por supuesto el iva no deducble lo implica como gast en la misma proporción que el vehículo
un saludo

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