¿Qué plazo hay para pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales e inscribir una finca en el registro Civil?

Voy a comprar una finca rustica y quisiera saber que plazo hay para pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (7%) e inscribirla en el registro Civil, desde que se firma la escritura.
Respuesta
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Antes de nada y para que no cometas un error: Se inscribe en el Registro de la Propiedad que corresponda de tu población, no en el civil. En éste último, ni siquiera te la admitirían.
Desde la firma tienes 30 días de plazo para la presentación, pero lo mejor es presentar el modelo de forma de Autoliquidación y que sean ellos quienes valoren la transmisión, así, como van tan lentos, ganas muchos meses de plazo.
Buenas tardes.
Por favor, explícame eso de presentar el modelo de "forma de autoliquidación".
Por lo poco que yo se, antes de los 30 días tengo que presentar el modelo 600 con el apartado de autoliquidación relleno y entiendo que en el momento que lo entregue tengo que soltar la pasta.
Por favor, ilumíname.
Gracias, saludos.
La mayoría de
Oficinas del Registro de la Propiedad disponen ahora de oficina liquidadora del propio impuesto de transmisiones patrimoniales. Si es así en tu caso, cuando lleves la escritura, lo rellenas delante del oficial y le indicas que sea la propia consejería quien determine el importe de la liquidación. Él señalará las casillas correspondientes y el modelo irá a la conselleria donde calcularán el importe a liquidar de acuerdo con la escritura de la finca.
Si no hay oficina liquidadora, tendrás que ir primero a la Consejería de tu Comunidad autónoma, con la escritura original y una copia simple al menos (cada comunidad tiene sus reglas. LLama por teléfono antes por si te piden más copias o más documentos). Compras el impreso, rellenas tus datos y le dices al funcionario lo mismo de antes, que quieres que sea la propia consejería la que calcule el importe a liquidar. Él debe de ayudarte a señalar las casillas que correspondan y presentar el modelo (modelo 600 normalmente).
Dependiendo de la comunidad autónoma, algunas piden el pago de una cantidad a cuenta y la mayoría no, esto es, admiten el modelo hasta que ellos te enviran el resultado de la liquidación. Cuando la recibas, tienes un plazo para ingresar la deuda. Éste plazo depende de cuando recibas la notificación: Las recibidas entre el 1 y el quince de un mes determinado, se ingresan antes del día 5 del mes siguiente y las recibidas entre el 16 y el 30, se ingresan antes del 20 del mes siguiente.

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