Cierre Contable

Hola muy buenas tardes!, quería realizarle una consulta sobre el cierre contable de una empresa por cierre de actividad.
Quería saber la contrapatida a estas cuentas contables
28000 Amortización Acumulada
20300 Propiedad industrial
26000 Fianzas Constituidas
55100 Otros Activos Financieros
10000 Capital Social
112000 Reserva Legal
12000 Remanente
121000 Resultados Negativos
129000 Perdidas y Ganancias
17000 Deudas a Corto Plazo
5200 Deudas con entidasdes de crédito
55100 Otros pasivos financieros
En esper de sus noticias, les saluda atentamente
David
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Casi todas las que dices son de pasivo, tienes que ir cancelando una a una con los activos deudas con banco, etc y cuando ya no queden activos a pérdidas para ver con cuanto déficit cerráis.

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Cuando una empresa cierra, se realiza la escritura de desolución y luego la liquidación. Es en este último paso cuando se tiene que hacer el asiento de cierre, como si del ejercicio se tratase, a fin de obtener el patrimonio neto que se adjudicará los socios (en caso de que dicho patrimonio sea positivo).
ES el patrimonio neto resultase negativo NO SE PUEDE LIQUIDAR. Ni el notario ni el Registro mercantil lo adminitirían. O los socios aportan capital hasta dejar la sociedad con un céntimo positivo, o la escritura se queda definitivamente en disolución sin poder ser liquidada hasta que prescriban las deudas y puedan cancelarse, con lo cual se eliminarían del balance y se procedería al cierre.
Suponiendo que lo anterior lo has tenido en cuenta, deberás de realizar un asiento, como si fuere el asiento de cierre, donde cargarás o abonarás el saldo de cada una de las cuentas anteriores a fin de que el saldo de cada una sea cero. Previamente, la cuenta 129 debe de cerrarse (por acuerdo de la Junta GEneral, distribuyendo su resultado o bien a la cuenta 121 o bien a la cuenta 122). El saldo final, que debería resular positivo, se llevará a la cuenta de liquidación, que se repartirá entre los socios.
Las fianzas es dinero que la empresa tiene depositado, por ejemplo, en la compañía eléctrica por la acometida de luz. Habrá que darla de baja antes y pedir la devolución. Si es un arrendamiento, cancelar el contrato y pedir la devolución del importe. ESto antes del cierre, por supuesto.
La cuenta 551 se suele utilizar para los movimientos entre los socios y la sociedad (cuando éstos retiran o aportan dinero a la misma). Puedes dejarla hasta el final reconociéndola como un pasivo hacia los socios.
La cuanta 170 Son normalmente préstamos con bancos. No puedes cerrarla así como así. Tendrás que cancelar el préstamo con el banco correspondiente. Si no se puede cancelar, porque la empresa está en concurso, no se puede realizar el cierre mientras este tema no quede solucionado. Si se puede hacer la disolución, pero si se cierra, los socios responderían de su importe ante el banco, por lo tanto, o se paga y se cancela o si se deja, la Sociedad solo podréis disolverla, pero no liquidarla y no procede asiento alguno.
Las cuentas del rupo 28 (amortización acumulada) se cancelan contra los activos que amortizan, pero se hace en el asiento de cierre, tal cual te he explicado antes.

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