Estoy un poco perdida en este tema. He abierto una peluquería, a principios de Marzo de este mismo año. Me aconsejaron que lo hiciera por módulos, ¿pero no puedo ni pagarlos ya que me han dicho que sera sobre unos 300 ó 400? Cada trimestre. He ido a varias gestorías y me aconsejan que cambie a Estimación Directa, pero el problema es que yo no emito facturas a los clientes, solo ticket. ¿Qué me aconsejáis? Ya que si viene una inspección tengo entendido que piden el libro ce iva y algo más.
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Respuesta de enricm2
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enricm2, Licenciado en Físicas, especiliadad Electrónica e Informática y...
A mi nunca me han gustado los módulos. Los considero un Impuesto Revolucionario, totalmente injustos en la inmensa mayoría de las veces y pensados para que Hacienda recaude fácilmente aprovechándose de la ignorancia en temas fiscales de los ciudadanos. Dicho esto, mi consejo es y será siempre la Estimación Directa, en tu caso, la simplificada, por ser más fácil de llevar y casi con las mismas ventajas. Debes emitir factura o ticket de venta, es sustitutorio, pero debes de hacerlo. No importa si los haces a mano o con ordenador. Lo importante es hacerlos y hacerlos bien. Un ordenador te ayudará mucho, pero no es imprescindible. Debes de llevar los siguientes libros: Libro Registro de Facturas (tickets) emitidos, anotando secuencialmente cada ticket, fecha, con su número, Base Imponible, cuota de IVA; tipo de IVA y total ticket. Si identificas a la persona (entonces es factura), debes también anotar el nombre completo y su DNI, con la letra. Libro Registro Facturas Recibidas: Se anota secuencialmente las facturas recibidas, identificando fecha, proveedor (nombre completo), NIF o CIF, Base Imponible, tipo IVA, cuota IVA y total factura. Trimestralmente, sumas las columnas y tendrás el total de Base Imponible Repercutido, su cuota y el total de IVA cobrado. Haces lo mismo con las facturas recibidas y tendrás la Base y el total de IVA soportado. La diferencia, es lo que se debe ingresar mediante el modelo 303. Para el Pago Fraccionado, tendrás la diferencia entre Base Imponible de los tickets y de las facturas del trimestre. De esa cantidad, ingresaras el 19% sino me falla la memoria a cuenta de tu renta, que si luego no llega a ese tipo, te lo devolverán en tu declaración. La asesoría puede ayudarte mucho con esto, aunque si tu les facilitas el trabajo, te cobrarán menos.