Dudas fiscales

Hola,
estamos iniciando un negocio y tenemos ya concedida la financiación. Nos la conceden como particulares, pero mi pregunta es: debe ir la cuenta donde está dicho préstamo, tarjetas, ¿e incluso contrato de alquiler del local a nombre de empresa? O bastaría con nuestros nombres, ¿puesto qué somos socios? ¿Lo pregunto para tener alguna ventaja fiscal?
Gracias por su tiempo.

1 Respuesta

Respuesta
Si la empresa es una S.L., el préstamo lo ingresarán en vuestras cuentas, puesto que está concedido a vosotros, no a la Sociedad y jurídicamente, son empresas distintas.
Luego vosotros tenéis dos formas de aportar ese capital a la empresa: Vía ampliación de capital o vía préstamo. Si elegís la segunda opción, os aconsejo firmar un contrato de préstamo, firmado por los socios, un acta de la Sociedad donde conste la concesión de dicho préstamo y fijar como tipo de interés el tipo delal del dinero para el 2010, puesto que al ser socios sois parte vinculada y el tipo mínimo a aplicar según Hacienda es el tipo legal establecido por las leyes.
Entonces, ya podéis ingresarlo en la cuenta de la empresa.

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