Inicio de actividad en módulos

Hola buenos días, voy a iniciar la actividad de cafés y otros bares a principios de diciembre con la posibilidad de incluirme en el régimen de estimación objetiva, mi pregunta en la siguiente ¿si yo he comprado el local, el iva de esa operación lo podre recuperar si estro en dicho régimen?
Respuesta
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NO, al estar en el sistema de estiomacion objetiva, no podrá recuperar el IVA de la compra del inmueble, ni ningún IVA de las inversiones iniciales será recuperable.
De todas forma, para la actividad de BAR es aconsejable el sistema de ESTIMACIÓN DIERECTA, dado que le es más beneficioso.
Piense que el BAR lo vende todo a tipo reducido 8% y tiene grandes compras al 18 %, así que le interesa más la DIRECTA, ya que posiblemente consiga devolución del IVA, o por lo menos un importante equilibiro entre soportado y repercutido.

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