Fiscalidad pareja de hecho

Hola, somos dos chicos españoles, residentes en la comunidad de Castilla la Mancha, y queríamos hacernos pareja de hecho, la forma y el lugar lo tengo visto, pero quería saber si como resultaría la fiscalidad a la hora de declaraciones de la renta explicando la situación de uno y de otro.
Uno soy yo, tengo el piso a mi nombre y me estoy deduciéndome año tras año por primera vivienda en la renta anual.
Mi pareja convive conmigo desde hace 5 años.
¿Yo me voy a poder seguir desgravando de la vivienda en la renta anual haciendo las declaraciones de la renta por separado?
Por si algún día nos separamos, ¿habría qué hacer separación de bienes? ¿O el registro de parejas de hecho no entra en esta materia?
Me gustaría que me indicaras que es lo mejor, sabiendo que yo quiero compartir todas mis posesiones con mi pareja a excepción del piso.
Gracias.
Respuesta
1
La fiscalidad no varia en nada al ser pareja de hecho.
Tributareis como personas individuales y solteras.
Fiscalmente la única forma de tributar como pareja es la del matrimonio civil.
Si quieres compartir con tu pareja deberás realizar matrimonio Civil.
Saludos, si te casas en régimen de separación de bienes tu piso sera tuyo, si te casas en régimen de gananciales debéis firmar un documento sobre los bienes que aportáis al matrimonio.
Para las dudas fiscales sobre el matrimonio civil y fiscalidad, te recomiendo acudas a un asesor de tu localidad.

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