Tributación en IRPF de opción de compra

Hola, he firmado un contrato en el que vendo un inmueble de mi propiedad en 2012. Sin embargo, el comprador ya disfruta del inmueble, a cambio de una cantidad de dinero que paga mes a mes, la cual se descontará del precio final de la compraventa de 2012. Además, hemos firmado unas arras en virtud de las cuales si el comprador se echa atrás en la venta yo no le devuelvo las cantidades que me está pagando mes a mes, y si yo me echo atrás, las tengo que devolver por duplicado. Mi pregunta es, ¿cómo he de declarar en el IRPF las cantidades mensuales que estoy percibiendo del comprador? ¿Las he de declarar ya o cuando formalice la compraventa en 2012?
Muchas gracias.
Respuesta
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Las cantidades mensuales hasta la formalización de la venta en el 2012 se consideran un arrendamiento que debe declarar como tal, y cuando venda el inmueble declarará la venta por el importe que figure en escritura.

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