¿Prestación capitalizada en denominador prorrata?
Buenos días, estoy preparando el cierre del IVA y tengo que aplicar la regla de la prorrata ya que tengo ingresos exentos (por formación) y otros no exentos (por traducción). Además, como me correspondía el paro, antes de darme de alta como autónoma solicité la prestación capitalizada en forma de pago de las cuotas de seguridad social. Mi pregunta es, ¿debo incluir lo que recibí por esta prestación en el denominador de la ecuación de la prorrata? Porque en algún lado leí que las subvenciones deben incluirse en el denominador, pero esto no es realmente una subvención creo (y, en todo caso, no afecta solo a mi actividad exenta sino que también es necesario para mi actividad sujeta, la traducción).
Muchísimas gracias,
Muchísimas gracias,
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Respuesta de tolomoll
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