Problemas SL

Hola buenas noches, ante todo soy ama de casa y creo que puedo tener un problema, les cuento:
Mi esposo creo una SL de construcción en 1997 y me puso de administradora y socia única, aunque yo no hacia nada, el papeleo una asesoría que ha cerrado hace tiempo y las obras las llevaba el. Bueno el falleció de repente en 2000 y yo me quede con dos menores. Se que la asesoría hizo cosa que me acuerdo que era que la empresa no estaba operativo y como la sL no tenia nada, ni locales, ni caminones, nada, se que los trabajadores pasaron a otra empresa del sector que se los quedaron.
Bueno yo me desentendí de todo y hasta ahora que he oído que me pueden quitar hasta la casa, yo no tengo papeles de nada, solo las escrituras y tampoco hacienda me ha escrito nada... Yo no he presentado ningún impuesto ni he dado de baja nada, no se...
No tengo dinero para asesores, ni nada de eso, solo dispongo de una casa al 50% pues mis hijas tienen el otro 50%, ¿no tengo coche y solo una pensión de 900?.
Mi pregunta es que pasos tengo que dar, me quedo quietita y espero...
¿En definitiva que hago? ¿Me van a quitar la casa? La empresa se que no tenia deudas con nadie, si tenia con la S.S. Y desde esa fecha yo n he presentado nada.
Me podrían quitar la casa o embargarme la pensión o el 50% de la vivienda.?
Hasta donde llega la responsabiilidad del administrador sobre su propio patrimonio.?
Un saludo

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Respuesta
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Para poder contestarle correctamente, necesito saber por dónde vienen sus dudas, pues dice que no ha recibido ninguna carta.
Y, por otro lado, en qué fecha cesó la actividad la empresa.
www.asvencon.com
Ay, gracias por contestar.
Hasta donde yo se, creo que a la SS se le deben algunos seguros sociales ( yo estuve pagando durante 6 años mi autónomo aplazado que no se había pagado y termine hace dos años)y hacienda la presentación de los impuestos, pero que sera 0 puesto que la empresa no ha hecho nada de nada, esta sin actividad pero no figura como que este dada de baja o nada parecido, he intentado hacerlo por mi cuenta pero actualmente no dispongo de economía para contratar a un profesional, y no se si le puedo ponerla sin activad si tiene deudas. Vamos que estoy muy preocupada, sobre todo porque lo único que tengo es el 50% de mi casa el resto lo tienen mis hijas, una estudiante y otra trabaja (ambas mayores de edad). Y no se que podría pasar con ella.
Muchas gracias.
Pues, si se le deben a la SS seguros sociales está aumentando la cuota con los intereses de demora, y si en hacienda no se ha presentado el cese de actividad seguramente hay alguna deuda por poder presentar impresos.
Debería de ver cuánto se le adeuda a la seguridad social, para llegar a un acuerdo y negociar con ella, y en hacienda deberís de hacer lo mismo, y buscar documentación para poder demostrar el cierre.
Esto lo puede hacer Ud. porque tiene la escritura de la sociedad, en los organismos personalmente.
Y, lo lamento mucho pero los administradores de las sociedades son responsables subsidiarios de las deudas.
Espero haberla orientado.
¿Qué significa lo de responsables subsidiarios?
Que los administradores son los responsables de las deudas de la sociedad en caso de insolvencia de esta.
Muchísimas gracias, y ya para terminar y poder puntuarte con un 10, puedo hacer el cese de actividad (que modelo) mientras gestiono el pago de las deudas con las SS y hacienda.
Es que no tengo para hacer el cierre de la empresa y que pasos debería de seguir.
¿Cómo puedo negociar con la SS?
Eres una gran ayuda, nuevamente muchas gracias.
En Hacienda debe presentar un Mod. 036, teniendo en cuenta que hacienda tiene 4 años para realizar inspecciones fiscales no tendrá mucho problema.
En la Tesorería General de la seguridad Social debe presentar un Mod. TA2/S, junto con la fotocopia dle Mod. 036.
Lleve siempre consigo las escrituras y su DNi por si se lo requieren.
Cuando presente la baja en la seguridad social seguramente en la mesa que le atiendan ya le dirán la deuda que tiene, por lo que explíquiselo al funcionario/a y le enviarán a hablar con el compañero que lleve su expediente, una vez allí puede establecer el acuerdo con él directamente o hágalo dentro del plazo de alegaciones que le dé a través de un escrito que presente por el registro.
Cualquier aclaración según le va surgiendo no lo dude.
Lo dicho eres un cielo y un profesional como la copa de un pino, no he encontrado persona tan dispuesta y tan clara.
Si tengo alguna duda, ¿puedo seguir contactando contigo?
Un saludo
Me respondes y te voto son un super 10
Por supuesto. Intentaré contestar siempre lo mejor que sepa.

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