Autónomo o SLNE ¿Qué tributa menos?

Soy trabajarod por cuenta ajena y estaba pensando en abrir una tienda virtual. Los ingresos brutos aproximados serian de unos 20000?/anuales.
¿Supongamos qué tengo una base imponible aproximada de unos 50000?. Si me hago autónomo entiendo que mi base subirá a 70000?/anuales ¿en cuánto me subiría en % de IRPF?
¿Me conviene más crear una SLNE que tributara aun % mucho menor?

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Desde el exclusivo punto de vista de la tributación, para los tipos que me estas hablando, lo optimo seria crear una sociedad limitada (evita que sea unipersonal ya que están muy controladas precisamente por su utilización para optimizar tipos de gravamen sociedades-renta) ya que para 70.000 euros de base liquidable en renta estaríamos hablando de un tipo medio de gravamen en torno al 36% y sociedades para pequeñas empresas esta al 25%
Ahora bien... te aconsejo que no lo hagas por varios motivos, primero porque ahora están mirando este tipo de creación de sociedades para optimizar el impacto fiscal (tengo alguna inspección abierta), segundo porque si creas una SLU o SL te tienes que dar de alta como autónomo y en caso de que tengas un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo y te des de alta como persona física no es necesario hasta que dicho negocio te reporte beneficios superiores al salario mínimo interprofesional y tercero porque el coste de creación y de mantenimiento es mucho mayor en una sociedad mercantil que en una persona física o sociedad civil ya que en las mercantiles hay que persentar libros, cuentas anuales... muchas más obligaciones
CONCLUSIÓN: Comienza la actividad dándote de alta como persona física o sociedad civil si quieres discreción con tu nombre.
Me permito la licencia de ofreceret mis servicios de asesoramiento para que te olvides del cumplimiento de todas tus obligaciones fiscales, contables y registrales. Puedes ver mi método de trabajo en la página www.rmglobal.es y contactar conmigo, si quieres información sin ningún compromiso, a través del formulario de contacto de dicha página o del correo [email protected]
Gracias por una respuesta tan clara.
Si me hiciese autónomo tendría 3 puntos a tener en cuenta:
1-Vendo a compradores finales (no a empresas) con lo que me aplica el IVA con recargo de equivalencia, por lo que no me puedo descontar nada del IVA que me imputan. En cambio con una SL si que podría hacerlo (aunque tendría que hacer la declaración trimestral).
2- Al pasar la base imponible de 53000 a 70000 ¿aumenta el % de tributación en mi IRPF? Si es así y supongamos que pasa de un 34 a un 36 estaría pagando un 2% más de mi actual base imponible, ¿qué son unos 1100?. Con este importe podría sufragar el coste de mantenimiento de la SL (¿y el de la creación si contamos con estos 1100? Durante 2 años)
3-Estimo que más o menos el beneficio mensual estará sobre unos 600-¿700?, muy cerca del salario mínimo profesional, así que prácticamente lo tendré que declarar desde el primer momento. Aun así es una muy buena recomendación
Partiendo de estas bases ¿cree qué aun me convendría la opción de Autónomo?
Muchas gracias por su ayuda!
1.- Correcto. Pero el recargo de equivalencia puede ser incluso más beneficios que el régimen general (depende del margen aplicado al producto y de si vas a realizar alguna inversión o no)
2.- Podría ser. Date cuenta de que el incremento de tipo (que en ningún caso es del 34 al 36 sino que la escala es de nada más cinco tramos) es sobre el incremento de la base y no sobre el total de la base liquidable con lo que en ningún caso compensaría lo suficiente. (Estaríamos hablnando con esos números de tipos medios de gravamen de en torno al 34% en renta y al 25% en sociedades). Esos 9 puntos de diferencia sobre los 17.000 euros de incremento de base si que supone un ahorro... ahora bien como te digo en caso de una comprobación tributaria no tienes ninguna posibilidad y las están habiendo y muchas. A no ser que tengas una inversión fuerte por la que quieras solicitar una devolución de IVA estando en régimen general yo no seria partidario.
3.- Ha habido gente con beneficios de 30.000 euros en su actividad por cuenta propia compaginados con trabajos por cuenta ajena que llevan en esa situación diez años. Los controles en este sentido no son excesivos (ni incluso ahora) con lo que yo valoraría el riesgo

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