Renta2002

Hola
Mi consulta es la siguiente:He contraído matrimonio este año en el mes de Abril, con lo cual me he empadronado en mi nuevo domicilio que esta en la misma localidad de antes.Con este cambio de domicilio mi consulta es si ya es válido para hacienda o si tengo que acudir a una delegación para camiar el domicilio para que me manden el año que viene las etiquetas correctas.
También como puedo expresar el año que viene en la declaración que hasta abril era soltero y vivía en otro domicilio o esto no tiene cierta importancia y tengo que poner solo en estado civil casado y mi nuevo domicilio

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La modificación de tu domicilio la podrás hacer directamente en las oficinas de hacienda cuando vayas a buscar las nuevas etiquetas, consignando cual quieres que sea tu nuevo domicilio fiscal.
Por tanto, debes comunicarlo tu mismo en la delegación para que el cambio de domicilio surta efectos ante Hacienda.
Por lo que respecta a tu estado civil deberás poner en tu próxima declaración el nuevo estado (casado) y liquidarla conforme a tal situación aplicando los mínimos personal y familiar que corresponda.
Por supuesto, una vez que cambies el domicilio también tendrás que poner el nuevo en tu declaración.
Si tienes más consultas no dudes en plantearlas.

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