Compra de una VPO

Hola mitcoes.
Me acaban de asignar una vivienda de protección oficial publica. Tengo que dar una entrada y pagar una cuota mensual todos los meses, aunque el piso tardan en construirlo 21 meses.
¿Durante estos 21 meses se considera que ya he comprado una vivienda y puedo desgravar un 20 ó 25 en el IRPF o bien, no se considera hasta que me la entreguen?
¿En el caso de que no se considere compra de vivienda todavía, puedo mantener la cuenta vivienda (aunque se acabe el tiempo de 4 años) y pagar a la vez cuotas mensuales ( en este caso disminuiría el saldo de la cuenta vivienda)?
Gracias, por atender mi consulta.
Antonio Matias.

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Aunque a efectos civiles la compra no se perfecciona hasta la entrega de la cosa, a efectos fiscales prima el criterio del devengo, o sea del compromiso económico presuponiendo el perfeccionamiento del contrato y en caso contrario habilitando mecanismos para deshabilitarlo.
O sea en román paladino, para hacienda ya has comprado la casa (aunque para los demás hasta que no te instales en ellas sólo la estás pagando por adelantado)

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