Libros oficiales de comercio presentan las empresas, los empresarios individuales tienen la obligación de llevar determinado tipo de libros en función del método de tributación, pero no los presentan anualmente en ningún sitio.
Las sociedades limitadas, las sociedades anónimas, las cooperativas anualmente presentan los libros de comercio - libro diario y libro de inventario y balances en el registro mercantil de la provincia donde tienen el domicilio social en el caso de los primeros y en el registro de cooperativas en el caso de las ultimas. Tienen como plazo 4 meses desde el cierre del ejercicio contable.
Te dejo el enlace al registro mercantil de Madrid donde puedes ver con mas detalle los plazos, requisitos, etc. - http://www.rmercantilmadrid.com/rmm/LegalizacionLibros.aspx
Espero haberte ayudado.
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