Cooperativa viviendas

Pertenezco a una cooperativa de viviendas. El plan de financiación es el siguiente:
- 10% antes de inicio de obras
- 10% durante las obras
- 80% mediante préstamo hipotecario
Partiendo de la base de que creo que construyo (cooperativa) y no adquiero, las preguntas son:
1º- En el primer 10%, ¿me desgravo como adquisición sin financiación ajena o construcción?
2º- Para hacer frente al segundo 10% he solicitado un préstamo. ¿Me desgravo como adquisición con financiación ajena o construcción?
3º- Cuando solicite el préstamo hipotecario para hacer frente al 80%. ¿Me desgravo como adquisición con financiación ajena o construcción?

2 respuestas

Respuesta
1
Aunque seas cooperativista, tu no construyes la vivienda, sino la constructora con la que la cooperativa contrate. El caso al que te refieres sería el de autoconstrucción o rehabilitación de vivienda, el cual no creo que sea tu caso. El primer 10% será deducible como con o sin financiación ajena, dependiendo de si lo has pagado pidiendo un préstamo o de tu propio bolsillo. Si proviene de una cuanta ahorro vivienda por la que ya te hayas deducido, no podrás volver a deducirte este importe. Para el otro 10% es idéntico. El resto: la hipoteca m´ças los gastos inherentes a la compra (notarioa, registros, asesoría, impuestos (IVA), también son deducibles. Como de financiación ajena los pagos de la hipoteca, y el resto si lo pagas de tu vbolsillo será sin financiación ajena, pero si lo capitalizas en la hipoteca (pides más hipoteca para cubrir estos gastos), entonces estarás en el primer caso.-
Respuesta
1
1.- Si, correcto
2, 3 suponen una adquisición con financiación ajena.

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