Exclusividad
Hasta hace unos meses tenía un inmueble en venta a través de una inmobiliaria con un contrato de exclusividad. El contrato contiene una clausula que me obliga a pagar la correspondiente comisión, incluso si con posterioridad al vencimiento del contrato vendo la casa a alguna persona presentada por la inmobiliaria. Llegado el momento del vencimiento del contrato, este queda rescindido por escrito. A partir de esa fecha pongo en venta como particular, el inmueble y al cabo de un tiempo se presenta una persona que había visitado la finca con la inmobiliaria y había firmado un justificante de visita. ¿Estoy obligado a abonar la comisión correspondiente a la inmobiliaria o bien la clausula debe considerarse abusiva y tenerse por no puesta?.
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Respuesta de mercetribo
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