Duda del cobro de indemnización tras accidente laboral sin estar dado de alta en la seguridad social

Hola tengo 18 años.He estado trabando en un pub los fines de semana sin estar dado de alta en la seguridad social. El 20 de agosto me seccioné el tendón de el dedo índice de la mano derecha trabajando. Me llevó el encargado que estaba ese día al hospital y dando el accidente como accidente casual.Me operararon de la mano y tengo los informes del medico con sus fechas correspondiente. Hablé con el dueño y tras varios intentos de persuasión por su parte de que acogiera al seguro del local como cliente, me negué y me dio en la seguridad social el 1 de septiembre. Su gestor me quiere dar de baja dentro de un mes aproximadamente como accidente fuera del trabajo. Mis preguntas son: ¿Sino queda bien la mano, me quedaría una paga? ¿Sería de más cuantía si fuera por accidente laboral? Si es así ¿Qué debo hacer? ¿Sería más aconsejable denunciar antes de que pase más tiempo? Y si es así¿Qué consecuencias, dado mi caso, me afectarían? Gracias de antemano y un saludo de mi parte. Espero impaciente su respuesta.

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En primer lugar siempre las percepciones que cobres en un accidente de trabajo superarán a las que puedas cobrar en un accidente no laboral. Caso de que te dieras de baja por accidente laboral cobras el 75% de la base reguladora diaria a partir del día siguiente a la baja, esta cantidad se podría ver incrementada hasta el 100% caso de que el convenio así lo recoja, en el caso del convenio de hostelería sí está previsto el 100% en determinadas provincias. Si la baja fuera por un accidente no laboral, las percepciones serían del 60% de la base reguladora y se empezaría a cobrar a partir del 4º día de la baja.
Caso de que la mano no se quedara bien podrías recibir de la mutua de accidentes de trabajo de la empresa una compensación económica en función del grado de incapacidad generado por el accidente pero lógicamente éste debería haberse considerado producido dentro de la actividad laboral.
Siempre es aconsejable denunciar este caso, puesto que si se diera la circunstancia de que te vieras impedido para desarrollar tu trabajo debido a esta lesión, la empresa no se iba a responsabilizar de nada, dejándote desamparado y sin seguro.
Para la denuncia puedes hacerlo en la Dirección Provincial de Trabajo, Inspección de Trabajo de tu provincia. Las consecuencias desde el punto de vista de la empresa será una sanción económica y el Juzgado de lo Social sentenciará al empresario a indemnizarte con una cantidad que irá en función del daño ocasionado. Es de esperar que la empresa te despida, porque esta es la actitud déspota que puede tomar, pero piensa que con 18 años y solo con un trabajo de fines de semana tu futuro no va a pasar por las manos de este empresario. Además los gastos de rehabilitación de la lesión están cubiertos por la mutua de accidentes de trabajo y sus médicos te atenderán aparte de la atención que te preste el de la Seguridad Social.

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