En tu consulta hay varias cuestiones distintas
1. El IRPF aplicable a las facturas de profesionales a partir de 1-9-12 es de 21% y durante el año en el que el profesional se da de alta y las siguientes 2 ejercicios - 9 %.
2. La factura con una base imponible de 1.000 que tendrás que emitir es la siguiente factura
Base imponible 1.000
IVA + 210
IRPF -90
Total factura 1.120
Esto no quiere decir que vas a tributar a un 9%, esto significa que te van a retener un 9% en tus facturas pero al final del año en tu declaración de la renta deberás regularizar la situación declarando tus ingresos y en función de tu situación personal y familiar se te aplicará un tipo mas bajo (en este caso te devolverán dinero) o un tipo mas alto (en este caso tendrás que pagar).
3. Mensualmente tendrás que hacerte cargo de la cuota de autónomos - unos 250 euros si eres mayor de 30 años en el caso de los hombres y mayor de 35 años en el caso de las mujeres, los profesionales que están debajo de estas edades tienen una reducción en la cuota de autónomos durante 30 meses y se les queda en unos 179 euros
4. Trimestralmente tendrás que ingresar el IVA repercutido - en el ejemplo que has puesto 210 euros; si facturas solo a empresas no tendrás que presentar el mod. 130
5. Pierdes el derecho a paro
Espero haberte ayudado
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