Cuenta vivienda de vivienda no entregada
Hola, en 2007, tras 3 años de deducciones de cuenta ahorro vivienda, firmé un contrato de compra de una vivienda VPO. Me deduje las cuotas pagadas en 2007, 2008 y 2009. A finales de 2009 dejé de pagar cuotas, porque había llegado al límite antes de entrega de llaves.
La vivienda no se ha terminado porque el promotor no ha podido hacer frente a los pagos. Están al 94% de ejecución. Se ha incumplido el plazo de los 5 años que tiene el promotor para ejecutar la obra y parece que el promotor no ha pedido prórroga. Tengo un aval por las cantidades pagadas y en el PROP de Valencia me dicen que el incumplimiento de plazos es motivo suficiente para solicitar la devolución del AVAL. Según me han informado, el que solicite la devolución del aval no implica que renuncie al derecho a la vivienda.
La duda es, en caso de que solicite la devolución del AVAL, ¿qué pasa con las deducciones de hacienda que me he aplicado? ¿Habría qué devolverlas?
Teniendo en cuenta la situación y que el no poder disponer de la vivienda no es por mi causa, ¿sería posible comprar otra vivienda ahora (teniendo en cuenta que actualmente ya no hay deducciones por compra de vivienda) y trasladar mi cuenta vivienda a esta nueva vivienda y seguir deduciéndome las cuotas de esta nueva vivienda como si fuera una adenda de la anterior? No sé si me explico, yo inicié el proceso de compra de vivienda en 2007, por causas ajenas a mí, la vivienda comprada no se termina, ¿podría cambiar dicha vivienda por otra que compre ahora y continuar deduciéndome por esta nueva como si la hubiera comprado en 2007?
Gracias
Un saludo
La vivienda no se ha terminado porque el promotor no ha podido hacer frente a los pagos. Están al 94% de ejecución. Se ha incumplido el plazo de los 5 años que tiene el promotor para ejecutar la obra y parece que el promotor no ha pedido prórroga. Tengo un aval por las cantidades pagadas y en el PROP de Valencia me dicen que el incumplimiento de plazos es motivo suficiente para solicitar la devolución del AVAL. Según me han informado, el que solicite la devolución del aval no implica que renuncie al derecho a la vivienda.
La duda es, en caso de que solicite la devolución del AVAL, ¿qué pasa con las deducciones de hacienda que me he aplicado? ¿Habría qué devolverlas?
Teniendo en cuenta la situación y que el no poder disponer de la vivienda no es por mi causa, ¿sería posible comprar otra vivienda ahora (teniendo en cuenta que actualmente ya no hay deducciones por compra de vivienda) y trasladar mi cuenta vivienda a esta nueva vivienda y seguir deduciéndome las cuotas de esta nueva vivienda como si fuera una adenda de la anterior? No sé si me explico, yo inicié el proceso de compra de vivienda en 2007, por causas ajenas a mí, la vivienda comprada no se termina, ¿podría cambiar dicha vivienda por otra que compre ahora y continuar deduciéndome por esta nueva como si la hubiera comprado en 2007?
Gracias
Un saludo
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Respuesta de Abogados Edo