Diferencia entre declaración trimestral y declaración de renta anual

Doy clases particulares y a mis alumnos les emito un recibo.

La verdad es que únicamente tengo un alumno que no es un particular si no una empresa. A esta empresa también le emito un recibo y ellos me pagan el montante del recibo.

El problema ha venido cuando me toca hacer la declaración de la renta y esta empresa me ha emitido un certificado de retenciones. Yo no sabía que a parte de lo que ya me estaban pagando cada mes también me retenían el IRPF (21%).

Por lo que mis declaraciones trimestrales IRPF (he tomado a esta empresa cómo un particular) no coinciden con lo que indica la empresa.

¿Cómo lo podría solucionar? ¿Puedo tener problemas con hacienda? ¿Puede tenerlo la empresa?

Puedo obviar su certificado de retenciones simplemente... Hablamos de un IRPF que rondan los 340E

El montante de lo facturado con ellos asciende a 1400E (irpf incluido).

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Como todos tus recibos van con retención realmente no tienes obligación de presentar el mod. 130. Al no incluir en el mod. 130 las retenciones que te ha practicado la empresa, entiendo que han ingresado mas IRPF al que te corresponde.

Ejemplo:

Recibo mensual 100 euros

Mod. 130 que has presentado

Ingresos 100

Gastos 0

Cuota 20 euros

Mod. 130 que debías haber presentado:

Ingresos 126,58

Gastos 0

Cuota 25,31

Retención 26,58

Resultado de la declaración - 1, 27

Las opciones son dos:

Hacer complementarias de todos los mod. 130 trimestrales

Incluir en la declaración de la renta el importe correcto.

Lo mas practico, desde nuestro punto de vista, es la segunda opción, pero primero debes evaluar si haciendo las complementarias te saldría a pagar mas o menos. Si te sale a pagar mas en alguna declaración mensual (lo dudo, pero hay que comprobarlo), la AEAT puede reclamarte la diferencia de este importe no ingresado a tiempo.

Espero haberte ayudado.

Para cualquier otra duda o consulta fiscal estamos a tu disposición en nuestra asesoria fiscal online y en Facebook.

¿Que debería presentar en hacienda para poder hacer la declaración Ok?

¿A la empresa le pueden pedir documentación complementaria desde hacienda? Ando con miedo ya que es una empresa con la que acabo de empezar a trabajar....

En caso de tener que rectificar los recibos se los debo hacer llegar a la empresa....

Si rectificas los recibos debes darle copia de los nuevos recibos a la empresa.

En un principio la empresa lo ha hecho bien y no tienen porque exigirles ningún otro papel.

No olvides finalizar la pregunta.

Una última pregunta....

Hola,

Por lo que si hay un requerimiento de hacienda me pedirán información sólo a mí, no? Estoy preocupada ya que fue el año pasado cuando empecé a trabajar con este cliente y no estoy para perder clientes...

Gracias,

Si se hace una comprobación, te pueden pedir información tanto a ti, como a tu cliente, pero en todo caso te inspeccionarán a ti por no haber declarado la totalidad de tus ingresos.

Hola,

última pregunta....A mi cliente que le pueden pedir? Los justificantes de pago y los recibos?

Y a mi: el libro de registros, los recibos y los recibos rectificados?

no?

Si rectifico un recibo y se lo mando a mi cliente que debe hacer él con el recibo anterior eliminarlo e incluir el nuevo? Debe de guardar copia del recibo nok? ¿Lo puedo sustituir por una factura?

Gracias,

Ya es mi última pregunta.

No se como estas dada de alta en el IAE y que es lo que emites a tu cliente.

Debería emitir una factura (sin IVA por tratarse de enseñanza). Puedes o no incluir la retención en la factura. El cliente es el que te tiene que practicar la retención en el momento de pago.

Volviendo al ejemplo del principio, si tu emites una factura o un recibo de 100 euros el cliente te tiene que pagar 79 euros y ingresar 21 a hacienda.

Si hacen una comprobación a tu cliente le pueden pedir copia de los recibos y los justificantes de pago.

Es recomendable que en vez de corregir los recibos sin mas y sustituirlos unos por otros, hagas facturas rectificativas. En este caso debes guardar tanto las facturas inicialmente emitidas como las rectificativas.

En el caso de una hipotética inspección te pueden pedir tus libros registro, las facturas/recibos iniciales y los rectificativos, los justificantes de cobro, etc.

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