Intrastat e IVA Intracomunitario

Soy autónomo y quiero realizar la importación de unos artículos desde Holanda por valor de unos 600€ para posteriormente venderlos en España, pero no figuro todavía en el VIES y me dijeron que no podía entonces comprar (aunque lo pedí hace más de un mes). Tengo entendido que si apareciera en el VIES me podrían facturar sin IVA y yo al realizar el trimestre facturar el IVA de España con un modelo especial, el trescientos y algo, pero al no aparecer en el VIES, por lo que he leído por ahí, hay una forma de poder realizar la compra que es pagar el IVA del País vendedor y algo sobre declarar en Intrastat (Agencia Tributaria) esta factura con los códigos arancelarios para deducirme el IVA en España.
¿Es esto posible y que es lo que hay que hacer exactamente para poder realizar la compra sin tener ningún problema con hacienda en España?. Al ser diferentes artículos, ¿necesito la partida arancelaria de cada uno de ellos?.

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Jose Miguel,
Es muy fácil, si ya has comprado tiene dos opciones: ponerte en contacto con los proveedores y decirle que te la modifique, pero siempre y cuando estés dado de alta en el vies; o quedarte con la factura originaria, como si fueras un particular no un autónomo u empresa.
La única forma que tienes de comprar es como te han dicho teniendo el DNI O CIF intracomunitario o el VIES.
La diferencia entre Intrastar y el modelo 349 de operaciones intracomunitarias; es que el primero es una estadística hacienda (datos de la compra que se hace), y el segundo es el modelo donde se presentan las operaciones que tu has hecho entre clientes o proveedores de la UE. No tienes que pagar nada, solo es información, pero se esta obligado a ello. Sino hay sanción por parte de hacienda, ya que ellos se darán cuenta por el modelo que presentes del IVA, ya sea el 303 ó el 310.
Para que no tengas problemas con hacienda, es darte de alta en el ROE, es muy fácil y sencillo. Te vas a censos y te das de alta en este modelo, ademas hoy día lo puedes hacer por internet y no tienes que ir a la oficina correspondiente, siempre que tengas dni o certificado electrónico autorizado por hacienda.
Si tienes dudas ponte en contacto conmigo en : wwww.gomezymurcia.com

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