IRPF compaginando régimen general y autónomo
Trabajo en régimen general para una empresa de administración de fincas. Recientemente, me he colegiado como Abogado ejerciente bajo la modalidad de la Mutualidad de la Abogacía.
Mi duda reside en la repercusión en el IRPF en caso de facturar algo como autónomo.
Hasta ahora, debido a estar bajo la modalidad de régimen general y con pocos ingresos, siempre tenía como resultado devolver. No he facturado nada todavía como autónomo, las dos declaraciones fiscales trimestrales han sido de cero/sin actividad.
El otro día hice una simulación en el programa padre, poniendo un escenario de ingresos por actividades económicas de 2000 euros anuales y el resultado de la declaración me salia a pagar. Soy consciente de poner todas las deducciones posibles: cuotas colegiales, cuotas mutua abogacía, gastos transporte, oficina y varios pero me ha sorprendido bastante el resultado, habiendo puesto una cantidad de ingresos como autónomo no demasiado alto, sino más bien lo contrario.
La pregunta, más bien consejo, sería en como articular la situación descrita para que resulte lo menos gravoso posible.