¿Retención fiscal en ejercicio siguiente tras recibir liquidación de gananciales?
Mi marido fallece y yo recibo su parte de lo que tenemos en propiedad. Una vivienda hipotecada, un coche y el dinero en cuenta bancaria. También recibo 1/3 de la legitima tras renuncia mi favor. Tras liquidar sucesiones y donaciones, en el ejercicio fiscal siguiente hacienda me cobrara algún impuesto sobre lo que he recibido?, me lo considerara un ingreso o beneficio y tendré que pagar algo? Aun no recibiendo nada de dinero sino un coche con valor de 2200 euros y una vivienda con hipoteca de casi la totalidad de la deuda? Y si el seguro se hace cargo de parte de su deuda? Ese abono seria en favor de la entidad bancaria porque así esta firmado.
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Respuesta de Abogados Edo
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